La dispensa por analfabetismo en la solicitud de la nacionalidad española por residencia

Estamos recibiendo muchas consultas sobre la imposibilidad de realizar tanto el examen de idiomas (DELE) como el examen de conocimientos (CCSE) por razones de analfabetimo,  establecidos por el Instituto Cervantes y los cuales se han establecido como requisito indispensable si se quiere acceder a la solicitud de la nacionalidad española por residencia.

La solución ante esta imposibilidad es la solicitud de una dispensa la cual se regulará en una Instrucción de la DGRN pero que aún no ha sido aprobada por lo que todavía no es posible acudir a esa vía.

En la norma que estamos esperando, que se apruebe en breve, se prevén los siguientes casos para la dispensa del requisito:

– Dispensa en caso de personas que no sepan leer o escribir
– Dispensa en caso de personas que adolezcan de dificultades de aprendizaje (incluiría a los mayores de 70 años)
– Dispensa de solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria

En esa Instrucción se establecerán los requisitos y los medios de prueba. Además, estará disponible un formulario normalizado que deberán cumplimentar los interesados para solicitar la dispensa de este requisito.

 

En el caso de analfabetismo, se tiene que demostrar un analfabetismo total, es decir, que el extranjero no sepa leer ni escribir en su lengua materna, ni tampoco en español. O un analfabetismo funcional que implica que, a pesar de no saber leer y escribir en español, sí que lo entiende, además de saber leer y escribir en su idioma. Este supuesto es el que se da por ejemplo con ciudadanos de Marruecos y otras de países cuyo idioma no tiene un alfabeto latino.

Por tanto, estamos a la espera de la entrada en vigor de dicha Instrucción para que nos permita conocer con detalle como llevar a cabo el ejercicio de las dispensas.

Para cualquier duda nos puedes escribir a través del siguiente formulario o llamarnos al 690 888 328.

    Nombre

    Teléfono

    Su lugar de residencia

    E-mail

    Su mensaje

    Carmen Torres Esteo

    Abogada de Extranjería

     

    Publicado en Nacionalidad Española y etiquetado , , , , , , , , , , .

    Deja una respuesta