Los recursos de reposición o alzada por archivo como comentábamos en otro post se tienen que interponer cuando nos llega la resolución de la Oficina de Extranjeros en la que nos anuncian que nuestro expediente ha sido archivado al entender que hemos desistido del procedimiento por no atender a un requerimiento que previamente nos han hecho.
¿Por qué nos archivan el expediente? Por varias razones siendo las más frecuentes:
1.- Porque hemos superado el plazo para atender el requerimiento.
2.- No hemos recibido la carta en la que se nos hacía el requerimiento.
¿Y ahora qué hago?
¡Todo tiene solución! Contesta a ese archivo con un recurso de reposición o alzada dependiendo del procedimiento que hayas iniciado.
Lo ideal es que te lo realice un abogado especializado en Extranjería sobre todo porque saber realizarlo bien te garantiza reabrir el procedimiento y continuarlo con todos las garantías hasta su resolución final en la que te confirmarán si es favorable o no favorable.
En el momento en el que llega un cliente con un procedimiento que ha sido archivado realizamos un estudio de la documentación que ha sido aportada en un principio y la documentación que nos requieren desde la Oficina de Extranjeros. Después de dicho estudio lo siguiente es fundamentar el escrito de acuerdo con la normativa vigente porque es esencial para reabrir el procedimiento y conseguir que finalice con el ansiado FAVORABLE.
Quiero destacar que ahora los profesionales tenemos que realizar la presentación de dichos recursos de forma telemática. Una vez presentado el cliente recibe el justificante con la hora y el día en el que ha sido registrado de forma telemática para mayor tranquilidad.
Esta es la razón por la que cada vez más clientes de toda España han confiado y confían en abogados especializados para presentar sus recursos.
Asegura el éxito de tu procedimiento de Extranjería, envíanos tu resolución de archivo. Rapidez, garantía y profesionalidad, ¿Qué más puedes pedir?
Carmen Torres Esteo, abogada especializada en Extranjería.